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Ley 90 De 1931

Artículo 1

1 inciso

La República honra la memoria del meritorio ciudadano General Carlos Cuervo Márquez.

Artículo 2

1 inciso

Con fondos del Tesoro Nacional será costeado un retrato al óleo del General Cuervo Márquez, el cual se entregará a la Academia Nacional de Historia, que presidió en varias épocas y a cuyo prestigio contribuyó con el acervo de sus investigaciones.

Artículo 3

5 incisos

Para erigir un monumento en el cementerio de esta ciudad que guarde los restos del General Cuervo Márquez, se apropia la suma de cinco mil pesos en el Presupuesto de la actual vigencia.

Abrese, al efecto, el siguiente crédito adicional:

MINISTERIO DE GOBIERNO

Artículo 58 bis. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en esta Ley, cinco mil pesos.$ 5.000..

Esta suma será entregada a las señoritas hijas del General Cuervo Márquez.

Artículo 4

1 inciso

Un ejemplar autentico de esta Ley será puesto en manos de la familia del extinto.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno