Artículo 1
1 inciso
Destinase la suma de veinte mil pesos ($ 20,000) para ayudar a la realización del monumento que al General Próspero Pinzón ordenó levantar, en su población natal de Villapinzón, la Asamblea de Cundinamarca.
Ley 90 De 1928
Destinase la suma de veinte mil pesos ($ 20,000) para ayudar a la realización del monumento que al General Próspero Pinzón ordenó levantar, en su población natal de Villapinzón, la Asamblea de Cundinamarca.
La partida anteriormente votada se incluirá en el Presupuesto de rentas y gastos de la próxima vigencia. Si así no se hiciere, el Gobierno procederá administrativamente a abrir un crédito extraordinario por igual suma con tal fin.
La suma anterior será entregada al Tesorero de la Junta del Monumento, previa la presentación de las respectivas cuentas.