Artículo 1
Rebájase al señor Roberto Zawadzky, vecino de Cali, toda suma mayor de tres mil setecientos cincuenta pesos ($ 3,750), que esté debiendo al Fisco Nacional por derechos de importación intereses de recargo, por haber pagado la cantidad expresada a virtud de arreglo hecho por el interesado con el Ministro del Tesoro en marzo de 1923. En consecuencia, el Gobierno procederá a cancelar la hipoteca que asegura tal deuda, constituída por medio de la escritura pública número cuatrocientos cuatro (404), de dos (2) de julio de mil novecientos nueve (1909), otorgada ante el Notario primero del Circuito de Cali, y a hacer cesar la ejecución que actualmente cursa ante el Juez de Rentas Nacionales del Pacifico para el cobro de dicha deuda.