Artículo 1
1 inciso
Prorrógase por un (1) año la vigencia del Decreto 2651 del 25 de noviembre de 1991, prorrogado por la Ley 192 del 29 de junio de 1995, con excepción de lo previsto en los artículos 39, 44, 54, 59, 61 y 62 del mismo.
Ley 287 De 1996
Prorrógase por un (1) año la vigencia del Decreto 2651 del 25 de noviembre de 1991, prorrogado por la Ley 192 del 29 de junio de 1995, con excepción de lo previsto en los artículos 39, 44, 54, 59, 61 y 62 del mismo.
La presente Ley rige a partir del 10 de julio de 1996, deroga las disposiciones que le sean contrarias y complementa las demás.