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Ley 90 De 1919

Artículo 1

Julio D. Portocarrero-

2 incisos

Laméntase el fallecimiento del General Antonio Araujo L. y señálanse sus buenos servicios a la República como dignos de imitación y aplauso.

Copia autentica de esta Ley será enviada a la señora viuda del extinto.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno