Artículo 1
Artículo primero . Apruébase el "Convenio de Intercambio Cultural entre las Repúblicas de Colombia y Nicaragua", firmado en Bogotá el 13 de febrero de 1969, que dice:
CONVENIO DE INTERCAMBIO CULTURAL ENTRE LAS REPUBLICAS DE COLOMBIA Y NICARAGUA
El Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Nicaragua, inspirados por un común deseo de fomentar las relaciones culturales entre los dos países;
Han decidido suscribir un Convenio y han nombrado, con este fin, como sus respectivos Plenipotenciarios:
El Gobierno de la República de Nicaragua al Excelentísimo señor don Alberto Salinas Muñoz, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Nicaragua;
El Gobierno de la República de Colombia al Excelentisimo señor doctor don Alfonso López Michelsen, Ministro de Relaciones Exteriores;
Quienes, habiéndose comunicado sus Plenos Poderes, y encontrándolos en debida forma, han convenido en lo siguiente: