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Ley 9 De 1914

Artículo 1

1 inciso

Este perito, después de un estudio científico de las razas expuestas, en relación con nuestros climas y nuestros pastos, aconsejará lo conveniente en cuanto a los sementales que han de preferirse para mejorar de la manera más eficaz las razas pecuarias nacionales.

Artículo 2

1 inciso

500) que se estima necesaria para darle cumplimiento, se considerará incluida en el Presupuesto de gastos de la vigencia en curso, tan luego como esté al corriente en el servicio público.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes,'
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas