Artículo 1
1 inciso
Honrase la memoria del señor don Felipe F. Paul, que en diferentes épocas y con patriotismo ejemplar sirvió eficazmente a la Republica como miembro del Consejo Nacional, de las Cámaras Legislativas y del Ministerio Ejecutivo.
Ley 9 De 1912
Honrase la memoria del señor don Felipe F. Paul, que en diferentes épocas y con patriotismo ejemplar sirvió eficazmente a la Republica como miembro del Consejo Nacional, de las Cámaras Legislativas y del Ministerio Ejecutivo.
En el salón del Ministerio de Relaciones Exteriores se colocara el retrato del señor Paul costeado con fondos nacionales.
Copia autográfica de esta Ley se presentara a la familia Paul.