Artículo 1
1 inciso
C., el 19 de octubre de 1992.
Ley 283 De 1996
C., el 19 de octubre de 1992.
C., el 19 de octubre de 1992, que por el artículo 1º de ésta Ley se aprueba, obligará al país a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto de la misma.
La presente Ley rige a partir de la fecha de su publicación.