Artículo 1
Declárase monumento nacional el "Santuario de Nuestra Señora del Milagro" (Nuestra Señora del Topo), Convento y templo de las Monjas Concepcionistas de la ciudad de Tunja, joya extraordinaria del arte colonial.
Ley 66 De 1963
Declárase monumento nacional el "Santuario de Nuestra Señora del Milagro" (Nuestra Señora del Topo), Convento y templo de las Monjas Concepcionistas de la ciudad de Tunja, joya extraordinaria del arte colonial.
Auxíliase al Convento de las Monjas Concepcionistas de la ciudad de Tunja, con la suma de doscientos cincuenta mil pesos ($250.000.00) moneda corriente, para la restauración, conservación y embellecimiento del Santuario de Nuestra Señora del Milagro, antes mencionado.
El Gobierno Nacional pagará el auxilio a que se refiere el artículo anterior al Gobierno Departamental, para que éste contrate con las formalidades legales acostumbradas, un experto en arte colonial, para lo cual consultará con la Academia Boyacense de Historia.
El Gobierno Nacional hará las operaciones presupuestales a que hubiere lugar en la próxima vigencia para que la presente Ley tenga cumplimiento.
Esta Ley regirá desde su sanción.