Artículo 1
Ministerio De Relaciones Exteriores
° Legalízanse los siguientes gastos hechos en vigencias anteriores por empleados dependientes de los Ministerios de Relaciones Exteriores, Educación Nacional, Correos y Telégrafos, Industrias y Gobierno, así:
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Vigencia de 1930.
Servicio Consular.
MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Vigencia de 1929.
Dirección Nacional de Higiene y Asistencia Pública.