Artículo 1
La Nación financiara y costeara, con la interventoría del Gobierno, la terminación del edificio que tiene la Universidad Libre en Bogotá, y la construcción y dotación de los edificios en que funcionaran los colegios de bachillerato y los institutos de enseñanza profesional y técnica que dicha Universidad ha establecido y proyecta establecer en distintas regiones del país.