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Ley 3 De 1974

Artículo 1

1 inciso

De conformidad con el numeral 16 del artículo 76 de la Constitución Nacional, apruébase el contrato celebrado entre el señor Presidente de la República y su Ministro de Educación Nacional en representación del Gobierno Nacional y la Fundación "Colegio Mayor de San Bartolomé" de fecha dos de abril de mil novecientos setenta y tres (1973) y su otrosí del dos de agosto del mismo año.

Artículo 2

1 inciso

Autorízase al Gobierno Nacional para prorrogar el mencionado contrato hasta por un término de cinco años.

Artículo 3

1 inciso

Esta Ley rige desde la fecha de expedición.

Firmas

El Presidente del honorable Senado
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario General del honorable Senado
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Educación Nacional