Artículo 1
La Nación se asocia a la celebración del vigesimoquinto aniversario de la fundación de la Universidad de Los Andes.
Ley 16 De 1975
La Nación se asocia a la celebración del vigesimoquinto aniversario de la fundación de la Universidad de Los Andes.
Se autoriza al Gobierno Nacional para incluir en el Presupuesto Nacional las partidas necesarias, convenientes y adecuadas requeridas para la conclusión de las obras proyectadas en dicha Universidad, según planos y presupuestos que oportunamente ser n presentados al Gobierno Nacional por las autoridades de la Universidad de Los Andes.
En caso de que no se incluyan en el Presupuesto Nacional las partidas necesarias a que se refiere el articulo anterior, el Gobierno Nacional queda facultado para hacer los traslados presupuestales o para abrir los créditos indispensables, a fin de dar cumplimiento a la presente Ley. Las partidas a que se refiere el artículo 2o. podrá n ser incluidas en el Presupuesto Nacional en una o varias vigencias.
Esta Ley regir desde su promulgación.