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Ley 3 De 1971

Artículo 1

1 inciso

La Nación cooperará con la suma de cinco millones de pesos ($ 5'000.000.00) para la ampliación del Aeropuerto de Santa Ana, de la ciudad de Cartago (Valle).

Artículo 2

1 inciso

La suma que se destina por el artículo anterior, será pagada al Tesorero del Municipio de Cartago, y éste contratará la ejecución de la obra a que se refiere la presente Ley.

Artículo 3

1 inciso

La partida mencionada en el artículo 1º. de esta Ley, se incluirá en los Presupuestos de las próximas vigencias, y en caso de que no lo fuera, el Gobierno Nacional queda ampliamente autorizado para abrir los créditos, hacer los traslados que fueren del caso a efecto de darle cumplimiento a esta Ley.

Artículo 4

1 inciso

En lo pertinente a la presente Ley, las formalidades exigidas por la Ley 11 de 1967 , y de acuerdo con el artículo 10 de la misma, serán cumplidas por las entidades a quienes corresponda cumplirlas, en el momento de hacerse la inclusión en el Presupuesto Nacional de la partida destinada para construir la obra que ordena la presente Ley.

Artículo 5

1 inciso

Esta Ley rige desde su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes