Artículo 1
Autorízase al Gobierno Nacional para emitir títulos de Deuda Pública Interna, denominados "Bonos de Desarrollo Económico" hasta por la suma de setecientos millones de pesos ($ 700.000.000.00), con el objeto de financiar planes y programas de desarrollo económico y bienestar social. Parágrafo. Los planes de fomento económico y mejoramiento social a que se refiere el presente artículo, deberán ser sometidos para su estudio y aprobación al Congreso Nacional.