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Ley 89 De 1963

Artículo 1

1 inciso

El Ministerio de Obras Públicas procederá a realizar los estudios, trazado y construcción correspondiente de una carretera que, partiendo de Támara, en el Departamento de Boyacá, una a dicha población con la Troncal de los Llanos Orientales, pasando por el Aeropuerto de "El Tablón".

Artículo 2

1 inciso

El Ministerio de Obras Públicas apropiará en el Presupuesto Nacional las partidas convenientes para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo anterior.

Artículo 3

1 inciso

Dicho ramal de carretera queda incluido en el Plan Vial Nacional.

Artículo 4

1 inciso

Esta Ley regirá desde su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas