Artículo 1
2 incisos
Autorízase al Gobierno para contratar el empréstito que sea necesario para atender a la prolongación de la Carretera Central del Norte, y declárase la construcción de esta obra como urgente necesidad nacional.
El empréstito a que se refiere este artículo será sometido a la aprobación de la Junta de Empréstitos creada por la Ley 102 de 1922 .