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Ley 1490 De 2011

Artículo 1

1 inciso

Exáltese la memoria del jurista y académico Benjamín Iragorri Díez, hijo ilustre del departamento de Cauca y ejemplo permanente para todas las generaciones del país.

Artículo 2

2 incisos

La Universidad del Cauca erigirá un busto del Profesor Benjamín Iragorri Díez que se exhibirá permanente en las instalaciones de la Biblioteca de la Facultad de Derecho, la cual llevará su nombre, con la siguiente inscripción:

"El Congreso de Colombia y la Universidad del Cauca honran la memoria del Maestro Benjamín Iragorri Díez".

Artículo 3

1 inciso

Una selección de las obras del Profesor Benjamín Iragorri Díez será publicada por la Facultad de Derecho de la Universidad del Cauca.

Artículo 4

2 incisos

Cada tres años se realizará en la Facultad de Derecho de la Universidad del Cauca una jornada para conmemorar la vida y obra del Profesor Benjamín Iragorri Díez, con participación de la comunidad académica y el foro nacional, y énfasis en el análisis y debate de temas de derecho penal contemporáneo.

Artículo 5°. Créase el Instituto de Investigaciones Jurídicas, Políticas y Socioeconómicas de la Facultad de Derecho de la Universidad del Cauca, el cual tendrá por objeto realizar estudios en dichas materias, con el propósito de profundizar en el conocimiento de nuestra realidad cambiante y plantear propuestas de solución a su problemática, adelantar labores de formación académica, capacitación investigativa, prestación de servicios, asesoría técnica y divulgación de resultados.

Artículo 6

1 inciso

Esta ley rige desde su promulgación.

Firmas

El Presidente del honorable Senado de la República
El Secretario General del honorable Senado de la República
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
La Ministra de Educación Nacional
La Ministra de Cultura