Artículo 1
1 inciso
La República deplora la desaparición del distinguido colombiano señor doctor Ramón Goenaga, exalta sus virtudes y recomienda su memoria a la veneración general.
Ley 108 De 1931
La República deplora la desaparición del distinguido colombiano señor doctor Ramón Goenaga, exalta sus virtudes y recomienda su memoria a la veneración general.
En la Quinta de San Pedro Alejandrino, que gracias al esfuerzo el doctor Goenaga es una propiedad oficial, se erigirá un busto en mármol de tan benemérito ciudadano, con la siguiente inscripción:
"EL CONGRESO DE 1931, AL ILUSTRE MAGDALENENSE
SEÑOR DOCTOR RAMON GOENAGA."
Copia autentica de esta Ley con nota de estilo y en edición de lujo será remitida a los hijos y hermanos del doctor Goenaga.
Para los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley, serán incluidas las partidas necesarias en el Presupuesto de gastos de la próxima vigencia.