Artículo 1
1 inciso
° Las prescripciones de la Ley 43 de 1913 no comprenden los poderes, alegatos, solicitudes o memoriales y cualesquiera otros escritos que presenten los particulares o las autoridades, en juicio o fuéra de juicio; tales prescripciones se refieren solo a las actuaciones judiciales o administrativas, y en general a los documentos oficiales o públicos especificados en la dicha Ley.