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Ley 59 De 1920

Artículo 1

1 inciso

El Congreso de Colombia recuerda con gratitud y respeto el nombre del Ilustrísimo señor doctor José Joaquín Isaza, Obispo de Medellín; se asocia a los pueblos que él evangelizó en la obra de honrar su memoria y venerar su recuerdo; y excita a la juventud a que, estudiando las doctrinas y los hechos del ilustre pontífice, saque de su estudio ejemplos de amor a la patria, a la prosperidad nacional y a la difusión de las ciencias.

Artículo 2

4 incisos

Destínase la suma hasta de doscientos cincuenta pesos ($ 250) para pagar a un artista sobresaliente el retrato del Ilustrísimo señor doctor Isaza, el cual será ofrendado a la Arquidiócesis de Medellín, y llevará esta inscripción:

Al Ilustrísimo señor doctor José Isaza, ilustre Prelado y gran repúblico, modelo de sacerdotes y de ciudadanos.

"El Congreso de Colombia,

"1920"

Artículo 3

1 inciso1 parágrafo

Un busto en mármol, de tamaño natural, del Ilustrísimo señor Isaza, será colocado en un sitio público de la ciudad de Ríonegro, en el Departamento de Antioquia.

Parágrafo

La partida necesaria para estos gastos se considerará incluida en el Presupuesto de la próxima vigencia.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno