Artículo 1
Destínase la cantidad de ciento cincuenta mil pesos ($ 150.000) para auxiliar la construcción de las siguientes obras en la ciudad de Santa Marta: cincuenta mil pesos ($ 50.000) para el Bulevar de la Bahía; cincuenta mil pesos ($ 50.000) para el matadero y cincuenta mil pesos ($ 50.000) para el mercado público.