Artículo 1
1 inciso
000) de que trata el artículo 1o. de la Ley 58 de 1947 , será anual para cada una de las universidades en él mencionadas.
Ley 135 De 1948
000) de que trata el artículo 1o. de la Ley 58 de 1947 , será anual para cada una de las universidades en él mencionadas.
Esta Ley regirá desde su sanción.