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Ley 107 De 1985

Artículo 1

1 inciso

La Nación rinde honores y tributa admiración a los fundadores de la ciudad de Campoalegre, Departamento del Huila, de quienes exalta sus virtudes cívicas y son ejemplo de desprendimiento y amor al progreso.

Artículo 2

1 inciso11 literales

Confiere al Presidente de la República facultades extraordinarias por cinco (5) años, contados a partir de la fecha de la sanción de esta Ley para la ejecución de obras de beneficio público y de interés social en la ciudad de Campoalegre:

a

Construcción de acueducto y alcantarillado municipal;

b

Construcción de edificio municipal, ancianato y cárcel municipal;

c

Construcción de la avenida circunvalar o alterna del sector urbano;

d

Construcción del centro docente de formación integral agropecuario;

e

Construcción de aulas escolares y aulas para el Jardín Infantil Colegio Municipal Eugenio Ferro Falla y en el mismo, dotación del centro para Universidad Abierta y a Distancia;

f

Terminación del matadero municipal y unidad deportiva (polideportivo);

g

Ampliación de la plaza de mercado;

h

Construcción de carreteables a Veredas San Isidro, Piravante Guamal, Buenos Aires y Pavas-Esmero;

i

Construcción de escuelas en las Veredas de Paudo, Palmar, Guamal, San Isidro y terminación del barrio;

j

Electrificación rural;

k

Compra de equipo necesario para el Municipio con destino a Obras Públicas (buldozer motoniveladora, volqueta, mezcladora).

Artículo 3

1 inciso

Autorízase al Gobierno Nacional para efectuar las operaciones presupuestales correspondientes, obtener empréstitos celebrar los contratos necesarios para dar cumplimiento a la presente Ley.

Artículo 4

Esta Ley rige a partir de la fecha de su sanción.

Firmas

El Presidente del honorable Senado de la República
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario General del honorable Senado de la República
El Secretario General de la Honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Agricultura
El Ministro de Salud
El Ministro de Minas y Energía
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Obras Públicas y Transporte