Artículo 1
Mientras se termina el pabellón destinado a la Escuela de Bellas Artes, que actualmente se construye en la Ciudad Universitaria, el Gobierno procederá a instalar la Escuela y Museo de Bellas Artes en un edificio adecuado, donde puedan desarrollarse en condiciones satisfactorias los programas de esos institutos.