Artículo 1
1 inciso
Artículo primero . Apruébase el preinserto "Protocolo por el que se prorroga nuevamente la vigencia del Convenio Internacional del Azúcar de 1958", hecho en Londres el 1o. de noviembre de 1965.
Ley 49 De 1966
Artículo primero . Apruébase el preinserto "Protocolo por el que se prorroga nuevamente la vigencia del Convenio Internacional del Azúcar de 1958", hecho en Londres el 1o. de noviembre de 1965.
Artículo segundo. Autorízase al Gobierno Nacional para adherir al Convenio Internacional del Azúcar que, negociado bajo el auspicio de las Naciones Unidas, sustituyere al Convenio actual de 1958, aprobado por el Congreso Nacional mediante la Ley 4a. de 15 de febrero de 1961.