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Ley 49 De 1964

Artículo 1

Derogado.

Ver el texto original (antes de su derogación)

Incorpórase al Plan Vial Nacional la vía que une la Bahía de Sanquianga en el Pacífico con Tres Esquinas y la vía que une la Bahía de Sanquianga con Piñuña Blanca o un punto navegable sobre el río Putumayo en las vecindades de esta población.

Parágrafo. El primer sector que se construya será el comprendido entre el trazado de la carretera Panamericana a Bahía Sanquianga.

Artículo 2

1 inciso

Derogado.

Ver el texto original (antes de su derogación)

En consecuencia, el Gobierno Nacional procederá a adelantar estudios de factibilidad, diseños definitivos y construcción de la obra, para lo cual podrá abrir créditos o hacer los traslados necesarios en el Presupuesto Nacional, así como contratar empréstitos internos o externos.

Artículo 3

1 inciso

Derogado.

Ver el texto original (antes de su derogación)

Esta Ley regirá desde su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas