Artículo 1
La finalidad de la presente Ley es desarrollar por medio de los instrumentos que en ella se crean las metas contempladas en el ideario de Jorge Eliécer Gaitán, caudillo asesinado el 9 de abril de 1948. Igualmente constituye propósito especial de esta Ley, hacer efectivas las normas expedidas con el fin de honrar la memoria del ilustre jefe político, para asegurar la realización y coordinación de los programas que habrán de adelantarse en la sede y escenarios que integran el patrimonio del Centro Jorge Eliécer Gaitán, el cual se regirá por las disposiciones que a continuación se expresan.