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Ley 43 De 1941

Artículo 1

1 inciso

La República honra la memoria de Simón Bossa Navarro, ilustre parlamentario y hombre de letras.

Artículo 2

2 incisos

En el parque de Manga (Cartagena), denominado por el Municipio "Parque Simón bossa Navarro," se levantará un busto de bronce, en homenaje al extinto, con la siguiente inscripción:

El Congreso de Colombia a Simón Bosa Navarro 1941.

Artículo 3

1 inciso1 parágrafo

Los gastos que demande el cumplimiento de esta ley se atenderán con una partida de diez mil pesos ($ 10.000.00) que será incluida en la Ley de Apropiaciones; y así no ocurriere, el Gobierno queda facultado para abrir los créditos correspondientes.

Parágrafo

El remanente que sobrare de esta suma se invertirá en mejoras y embellecimiento del "Parque Simón Bosa Navarro."

Artículo 4

1 inciso

Esta ley regirá desde su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Presidente Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno