Artículo 1
Adóptase para Colombia una política del libro encaminada a lograr los siguientes objetivos:
La democratización del libro, como factor principal en la difusión de la cultura, la transmisión del conocimiento, y el fomento de la investigación social y científica;
La preservación y conservación del patrimonio cultural;
El desarrollo del sistema nacional de información;
La capacitación y estímulo al personal de bibliotecarios, archiveros, empleados y trabajadores de artes gráficas y
actividades relacionadas con el libro;
El estímulo a los escritores;
El fomento y apoyo a la producción de libros en general, y, en particular, de textos para los diferentes niveles de la enseñanza;
El fomento y apoyo a la libre circulación del libro;
El estímulo de la producción y comercialización del libro mediante un adecuado tratamiento impositivo.