Artículo 1
Artículo único. Apruébase el Tratado de extradición entre Colombia y Cuba, suscrito en La Habana, el 2 de julio del presente año por los Plenipotenciarios de las dos Repúblicas, que a la letra dice:
"República de Cuba-Secretaría de Estado.
TRATADO DE EXTRADICION ENTRE LA REPUBLICA DE COLOMBIA Y LA REPUBLICA DE CUBA
"Su Excelencia el Presidente de la República de Colombia y Su Excelencia el Presidente de la República de Cuba, deseando regular mediante un Tratado la extradición reciproca de los delincuentes, han designado para ese objeto como sus Plenipotenciarios respectivos, a saber:
"Su Excelencia el Presidente, de la República de Colombia a Su Excelencia el doctor Pedro Juan Navarro, su Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario en la República de Cuba, y Su Excelencia el Presidente de la República de Cuba a Su Excelencia el doctor Orestes Ferrara y Marino, su Secretario de Estado, quienes después de haberse comunicado sus respectivos Plenos Poderes, que hallaron en buena y debida forma, han convenido en los siguientes Artículos: