Artículo 1
1 inciso
Para terminar las obras decretadas en la ley 36 de 1941 , que adelanta el gobierno nacional en el municipio de tensa, destinase la suma de sesenta mil pesos ($60.000), que se incluirá en el Presupuesto de la próxima vigencia.
Ley 49 De 1945
Para terminar las obras decretadas en la ley 36 de 1941 , que adelanta el gobierno nacional en el municipio de tensa, destinase la suma de sesenta mil pesos ($60.000), que se incluirá en el Presupuesto de la próxima vigencia.
Caso de que en el Presupuesto para 1946 no se haga la apropiación respectiva, dada la urgencia de las construcciones en mención, el Gobierno procederá a abrir los créditos correspondientes, a fin de proceder sin demora a cumplir el mandato legal citado.
Esta ley regirá desde su sanción.