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Ley 21 De 1961

Artículo 1

Destínase la suma de trescientos cincuenta mil pesos ($ 350.000.00) para la construcción de la red de distribución eléctrica y la casa de máquinas de la población de Génova, en el Departamento de Caldas.

Artículo 2

1 inciso

La construcción de estas obras se hará por conducto del Instituto de Aprovechamiento de Aguas y Fomento Eléctrico, el cual podrá delegar en la Central Hidroeléctrica de Calilas la labor de supervisión y ejecución de tales obras.

Artículo 3

1 inciso

Autorízase al Gobierno Nacional para garantizar hasta la suma de ciento cincuenta mil pesos ($ 150.000.00), en empréstitos, que contrate el Municipio de Génova con la Federación de Cafeteros para la adquisición de los equipos para la planta eléctrica y que sean importados dentro de los Convenios vigentes de compensación o trueque por café.

Artículo 4

1 inciso1 parágrafo

Se autoriza al Municipio de Génova para aportar a la Central Hidroeléctrica de Caldas, las obras construidas por los fondos de que trata el artículo 1.° de esta Ley, recibiendo a cambio de ello, acciones en dicha entidad, por el valor de lo aportado.

Parágrafo

En caso de que el Municipio no hiciese uso de esta autorización, podrá, construir una sociedad con el Instituto de Aprovechamiento de Aguas y Fomento Eléctrico, a la cual apartará esa entidad las obras construidas con los fondos destinados por la presente Ley, y el Municipio los elementos adquiridos a través de la financiación autorizada por el artículo tercero. Esta sociedad tendrá como objeto administrar y conservar estos bienes.

Artículo 5

1 inciso

Autorízase al Gobierno para abrir los créditos que sean necesarios en la presente y en las próximas vigencias, a fin de dar cumplimiento a la presente Ley.

Artículo 6

1 inciso

Esta Ley rige desde su sanción.

Firmas

El Presidente del Menudo
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Fomento