Artículo 1
Destínase la suma de cinco mil pesos ($ 5.000.00) para la construcción y ampliación de cada una de las casas municipales de Cunday, Alvarado, Cajamarca, Falan, Coello, Dolores, Paime, San Cayetano, Topaipí, Caparrapí, Cerro de San Antonio (Magdalena), Plato, Nuquí, Jurado (Chocó), Pizarro y Ortega.