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Ley 8 De 1966

Artículo 1

1 inciso

La Nación se asocia a la celebración del primer centenario de la fundación del Municipio de Pradera, en el Departamento del Valle del Cauca, hecho ocurrido en el mes de marzo de 1862.

Artículo 2

Esta Ley regirá desde su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno