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Ley 16 De 1923

Artículo 1

2 incisos

Artículo 1º Abrense al presupuesto de gatos de la vigencia en curso los siguientes créditos adicionales:

AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 19057 (TABLA DE PRESUPUESTO) PÁG. 1.

Artículo 2

Esta Ley regirá desde su sanción.

Firmas

El Presidente de la Cámara
El Presidente de la cámara de representantes
El secretario del senado
El secretario de la cámara de representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República