Saltar al articulado
Volver a la ficha

Articulado completo

Ley 21 De 1952

Artículo 1

1 inciso

Restablécese el Circuito Judicial de Sincé (Departamento de Bolívar), el cual será Promiscuo y estará integrado por los Municipios de San Benito Abad, San Pedro y Sincé, que será su cabecera.

Artículo 2

1 inciso

El personal y asignaciones del Juzgado Promiscuo de Sincé, serán los mismos de los de su clase.

Artículo 3

1 inciso

Restablécese el Juzgado de Circuito Judicial de Villahermosa, en el Departamento del Tolima.

Artículo 4

1 inciso

Este Juzgado será Promiscuo y estará compuesto por el Municipio de Villahermosa como cabecera, y por el Municipio de Casablanca.

Artículo 5

1 inciso

Adscríbase al Circuito Judicial de Pacho el Municipio de Topaipí.

Artículo 6

1 inciso1 parágrafo

Restablécese el Circuito Judicial de Piedecuesta, en el Departamento de Santander, el cual estará integrado por los Municipios que lo componían antes de que fuera suprimido por Decreto legislativo del Gobierno Nacional.

Parágrafo

El Juzgado tendrá los mismos funcionarios y asignaciones que los de su categoría.

Artículo 7

1 inciso

Autorízase al Gobierno para hacer los traslados en el Presupuesto con el fin de darle cumplimiento a esta Ley.

Artículo 8

1 inciso

El Ministerio de Justicia proveerá a dichos Juzgados del mobiliario necesario para la buena marcha de las oficinas, y dictará las medidas convenientes para su .inmediato funcionamiento.

Artículo 9

1 inciso

Esta Ley regirá desde la fecha de su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público