Artículo 1
La Nación contribuirá a la construcción y dotación de la Ciudad Universitaria de la Universidad del Valle y de los Institutos Pilotos Universitarios que se levantarán en las principales ciudades de ese Departamento con la cantidad de quince millones de pesos ($15.000.000.00) en cada una de las vigencias fiscales comprendidas entre 1968 y 1972 y con la de diez millones de pesos ($10.000.000.00) en cada una de las siguientes durante el Plan Triquinquenal correspondiente.