Saltar al articulado
Volver a la ficha

Articulado completo

Ley 3 De 1924

Artículo 1

7 incisos

Artículo 1º Abrece al Presupuesto Nacional de gastos de la vigencia en curso el siguiente crédito adicional:

MINISTERIO DE INDUSTRIAS

Artículo 248 bis. Para atender a los gastos que demande la visita que la nave-exposición Italia hará a los puertos colombianos en septiembre del presente año, en importante comisión oficial y comercial de su Gobierno, ocho mil pesos $ 8,000.

Artículo 2º Abrece al Presupuesto de gastos de la actual vigencia económica este otro crédito adicional:

MINISTERIO DE GOBIENO

Congreso Nacional.

Cámara del Senado .

Artículo 1bis

2 incisos

Artículo 1º Para completar el sueldo de algunos empleados de la Secretaria y para cubrir el de otros que no figuran en la liquidación del Presupuesto, todo de acuerdo con la Ley 51 de 1923 , en noventa días de sesiones ordinarias de 1924, así:

Cámara de Representantes .

Artículo 2

1 inciso1 parágrafo

Completo de sueldos y sueldos de algunos empleados de la Cámara de Representantes durante las presentes sesiones ordinarias del Congreso, así (Ley 51 de 1923):

Parágrafo 1

Completo del sueldo del Secretario$150Parágrafo 2 Sueldo de un Secretario Auxiliar900Parágrafo 3 Completo del sueldo del Habilitado150Parágrafo 4 Sueldo de un Oficial Mayor600Parágrafo 5 Sueldo de dos Relatores900Parágrafo 6 Sueldo de dos Oficiales primeros720Parágrafo 7 Sueldo de seis Escribientes1,260Parágrafo 8 Sueldo de dos Porteros300Parágrafo 9 Sueldo de cuatro Carteros480Parágrafo 10 Sueldo de dos Cuestores600Parágrafo 11 Sueldo de veinticinco Comisarios3,000Parágrafo 12 Sueldo del Súper Vigilantes300

Artículo 2bis

1 inciso2 parágrafos

Complete del sueldo del Secretario y del Habilitado, y sueldos de un Secretario Auxiliar, tres Oficiales Mayores, cuatro Relatores, cuatro Oficiales primeros, tres Escribientes, un Portero y dos Carteros, en un mes más para el arreglo del Archivo $ 2,420.

Parágrafo 2

Honorarios de los empleados de ambas Cámaras que arreglaron y entregaron los Archivos correspondientes a las últimas sesiones extraordinarias de 1923 $ 6,800.

Parágrafo 3

Honorarios de los miembros de la Comisión nombrada por la Cámara de Representantes para formular un proyecto de Reglamento de dicha Corporación, y sueldo del Escribiente de la misma Comisión (artículo 3º de la Ley 87 de 1923 ) 1,380

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado, Manuel A
Carvajal
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público