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Ley 28 De 1982

Artículo 1

1 inciso

Autorízase al Gobierno Nacional, Ministerio de Obras Públicas, Fondo de Inmuebles Nacionales para traspasar al Municipio de Villavicencio el lote de terreno ubicado dentro del perímetro urbano del mismo y ubicado dentro de los linderos siguientes: "Por el Norte partiendo del mojón situado en el camellón "El Embudo" una línea recta con extensión de unos cien metros lindando con cerca del alambre de por medio con predios que son o fueron de Augusto Rodríguez Rojas. Por el Oriente: una línea recta de extensión de 95 metros linderado con resto de terrenos que son o fueron de la donante Felicidad Barrios de Lomónaco. Por el Sur: una línea recta en extensión de 95 metros, línea que termina sobre el camellón de "El Embudo" lindado con resto de terreno que son o fueron de la donante Felicidad Barrios de Lomónaco. Por el Occidente: siguiendo todo el curso del camellón "El Embudo" cerca de por medio con terrenos de los señores Ricardo Murcia hasta el mojón punto de partida y encierra", el cual es actualmente de propiedad de la Nación, Fondo de Inmuebles Nacionales del Ministeio de Obras Públicas y Transporte.

Artículo 2

1 inciso

El Municipio de Villavicencio hará la correspondiente titulación a los actuales poseedores del lote de terreno objeto de esta Ley y que forma el Barrio Lomónaco de aquella ciudad.

Artículo 3

Esta Ley rige a partir de su sanción.

Firmas

El Presidente del honorable Senado de la República
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario General del honorable Senado de la República
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas y Transporte