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Ley 16 De 1912

Artículo 1

1 inciso

Auxiliase la construcción del camino que se está abriendo en la Sierra Nevada de Santa Marta con la cantidad de diez mil pesos oro anual.

Artículo 2

1 inciso

El camino de la Nevada pasara por la región cafetera de Santa Marta, por los pueblos arhuacos del Norte, a unirse con el de Riohacha, en Dibulla.

Artículo 3

1 inciso

La suma de que trata el artículo 1o. será cubierta por el Administrador de la Aduana de Santa Marta a la Junta de Fomento de la Sierra Nevada por cuotas mensuales.

Artículo 4

1 inciso

La Junta de Fomento de la Sierra Nevada rendirá cuenta de la inversión de las cantidades que el Gobierno entregue para la construcción del camino, de conformidad con las disposiciones del Código Fiscal.

Artículo 5

1 inciso

La suma de que trata el artículo 1°. se considerara incluida en el Presupuesto de rentas y gastos de la próxima vigencia.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas