Artículo 1
Hásense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la presente vigencia fiscal de 1959:
AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 30117. PÁG. 1.
Ley 88 De 1959
Hásense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la presente vigencia fiscal de 1959:
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el auxilio correspondiente al artículo 4590 del capítulo 395 de la ley 35 de 1958 , será entregado directamente a la dirección de Educacion de Bolívar, para la construir de una escuela en el municipio de Polomino.
Los auxilios nacionales incluidos en el Presupuesto esta Ley regirá desde la fecha de sus sanciones Nacional para la vigencia fiscal de 1959, en el capítulo 395, artículo 4982 y 4983, en cuantía de $ 3.000.00 cada uno. .serán pagados a los colegios "Nuestra Señora del Carmen" y Francisco José de Caldas" del municipio de Magdalena, con destino al sostenimiento de los mismos.
Esta ley regirá desde la fecha de su sanción.