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Ley 34 De 1932

Artículo 1

1 inciso

El Municipio de Barranquilla queda autorizado para seguir cobrando el impuesto de un centavo por locomoción urbana, que tiene creado, con aplicación a la instrucción primaria.

Artículo 2

1 inciso

Los bienes y rentas del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario no están incluidos entre los bienes y rentas de los establecimientos de instrucción pública que están sometidos al pago de impuestos nacionales, departamentales o municipales.

Artículo 3

1 inciso

Esta Ley regirá desde su promulgación.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público