Artículo 1
1 inciso
La Comisión Asesora de Relaciones Exteriores se compondrá de cuatro miembros, que serán elegidos así: tres por el Senado, con aplicación del sistema cuociente electoral, y uno por la Cámara de Representantes.
Ley 47 De 1939
La Comisión Asesora de Relaciones Exteriores se compondrá de cuatro miembros, que serán elegidos así: tres por el Senado, con aplicación del sistema cuociente electoral, y uno por la Cámara de Representantes.
El periodo de los miembros de la Comisión Asesora de Relaciones Exteriores será de dos años, que comenzarán a contarse el 1º de enero de 1940.
Esta Ley regirá desde su sanción.