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Articulado completo

Ley 3 De 1913

Artículo 1

3 incisos

Artículo único. Abrense al Poder Ejecutivo, con imputación a los capítulos y artículos que en seguida se expresan, los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de gastos de la vigencia económica de 1913:

CONGRESO-PERSONAL

Cámara del Senado

Artículo 1bis

9 parágrafos1 inciso
Parágrafo

Completo del sueldo de uno de los Secretarios Auxiliares, en noventa días de sesiones ordinarias y un mes más para arreglo del Archivo, y sueldo del otro Secretario Auxiliar en el mismo tiempo (Ley 7.a de 1909), mil doscientos pesos$ 1200

Parágrafo

Completo del sueldo del Director de Anales y sueldo del Corrector de pruebas, en el mismo tiempo880

Parágrafo

, Sueldo del Habilitado, en el mismo tiempo600

Parágrafo

Sueldo de los Oficiales Mayores y Oficiales primeros, según la Ley 7.a de 1909, y no incluidos en el Presupuesto, y de los nombrados en las presentes sesiones5000

Parágrafo

Sueldo de los Escribientes, según la Ley 7.a y no incluidos en el Presupuesto, y de los nombrados en las presentes sesiones6120

Parágrafo

Sueldos de los Porteros y Carteros, según la Ley 7.a citada, y no incluidos en el Presupuesto, y el de los nombrados en las presentes sesiones1560

Parágrafo

Sueldo de los Comisarios, según la Ley 7.a citada, y no incluidos en el Presupuesto, y el de los nombrados en las presentes sesiones3600

Parágrafo

Sueldo de un Taquígrafo, conforme a la Ley 7.a citada, y no incluido en el Presupuesto450

Parágrafo

Para pagar los nuevos empleados supernumerarios que se nombren en la Secretaría del Senado en las presentes sesiones3400

Cámara de Representantes

Artículo 2

8 parágrafos
Parágrafo

Sueldo de uno de los Secretarios Auxiliares en noventa días de sesiones ordinarias y un mes más para el arreglo del archivo1000

Parágrafo

Completo del sueldo del Director de Anales y sueldo del Corrector de pruebas en e1 mismo tiempo880

Parágrafo

Sueldo del Habilitado, en el mismo tiempo240

Parágrafo

Sueldo de los Oficiales Mayores y Oficiales primeros, según la Ley 7.a de 1909, y no incluidos en el Presupuesto, y de los nombrados en las presentes sesiones6400

Parágrafo

Sueldo de los Escribientes, según la Ley 7.a y no incluidos en el Presupuesto, y de los nombrados en las presentes sesiones5400

Parágrafo

Sueldos de tres Taquígrafas nombradas en las presentes sesiones900

Parágrafo

Sueldos de los Porteros y Carteros, según la Ley 7.a citada, y no incluidos en el Presupuesto, y el de los nombrados en las presentes sesiones1080

Parágrafo

Sueldo de los Comisarios, según la Ley 7.a citada, y no incluidos en el Presupuesto, y el de los nombrados en las presentes sesiones3000

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro del Tesoro