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Ley 8 De 1941

Artículo 1

1 inciso

Artículo único . Apruébase en todas sus partes el Tratado sobre Demarcación de Fronteras y Navegación de los ríos comunes, celebrado entre la República de Colombia y los Estados Unidos de Venezuela.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara De Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Secretario General Del Ministerio De Relaciones Exteriores
El Ministro de Relaciones Exteriores