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Ley 15 De 1894

Artículo 1

2 incisos

Artículo único. Destínase la suma hasta de diez mil pesos ($ 10.000) para la adquisición de un monumento que se levantará en la ciudad de Guaduas en honor de la heroína de la Independencia Policarpo Salabarrieta.

Dicha suma se considerará incluida en el Presupuesto de Gastos de la actual vigencia.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno