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Ley 65 De 1960

Artículo 1

1 inciso

Hácense las siguiente traslaciones en el Presupuesto de gastos para la presente vigencia fiscal:

Artículo 2

Dado en Bogotá D. E., a 13 de diciembre de 1960.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público