Artículo 1
La subvención nacional para la carretera automóviliaria que construye el Departamento de Santander, de Bucaramanga a San Vicente y Barrancabermeja y de San Vicente a Zapatoca y San Gil, llamada carretera troncal de Barrancabermeja, será de diez mil pesos ($ 10,000) por kilómetro construído o que se construya en los sucesivo.